QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE (CARNÉ SOLIDARIO):

 


1.- Llamar al teléfono de notificación de accidentes 24 horas de Berkley España (Centro de atención telefónica):

91 737 63 42

(Póliza Berkley: Nº 2004655)

  • Deberás comunicar el accidente, inmediatamente después de su
    ocurrencia.
  • Te darán un numero de expediente (deberás guardarlo durante todo el proceso de asistencia).


2.- La persona asegurada-lesionada acudirá al Centro Médico concertado que previamente le haya indicado el Centro de Atención Telefónica:

  • Indicando el número de expediente facilitado por el Centro de Atención telefónica (Imprescindible para recibir asistencia)
  • Y cualquier otra documentación que se establezca en el protocolo de actuación de la póliza.


3.- Hacer parte de accidente:

Este trámite es requisito previo para la asistencia a los servicios médicos especializados.

Hay que hacerlo inmediatamente tras producido el accidente, preferiblemente dentro de las 24 h siguientes y nunca pasando de las 48h

Acceso al parte de accidente.

Hay que incluir lo siguiente:

1. Nº de Expediente

2. Los datos de la persona accidentada

3. Rellenar y firmar la certificación del accidente:

  • Lo rellenará y firmará el presidente/a de NO TE PRIVES
    • En su ausencia (vacaciones, baja, etc.) lo firmará Antonio Ruiz (como vicepresidente de senderismo solidario)
    • Lugar de la firma: En "Firma y sello del Representante del tomador/a".
  • ¿Que datos hay que indicar?:
    • Lugar y fecha de ocurrencia.
    • Breve descripción de cómo se ha producido el accidente.
    • Qué zona del cuerpo se ha lesionado.
      • Importante: La cobertura es siempre de lesiones derivadas de un accidente (no incluye molestias o lesiones por práctica deportiva continuada).

4. Firmas necesarias (4 firmas pero 2 ya están):
  • Firma del/de la representante del/de la tomador/a (hace la certificación del accidente): Presidente/a de NO TE PRIVES [o en su ausencia (en vacaciones etc.): Antonio Ruiz, vicepresidente de la ASSRM].
  • Firma del accidentado/a: Tú
  • Firma del tomador/a: La ASSRM (ya incluido en el parte de accidente aportado).
  • Firma y sello de la compañía: Berkley (ya incluido en el parte de accidente aportado).

4.- Enviar parte de accidente:
 
Enviar el parte de accidente cumplimentado, al correo de la ASSRM (senderismosolidario.rm@gmail.com) (para su sellado y validación) y también al correo de Berkley (gestion@canalsalud24.com):
  • junto al informe de urgencias
  • con copia al asegurado


 

PARA CASOS DE URGENCIA VITAL:

Situación Grave que requiere atención médica urgente por encontrarse comprometida la vida del Asegurado de forma inminente.

La persona lesionada podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo.

En estos casos BERKLEY España se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas, desde la fecha de ocurrencia del accidente garantizado en la póliza.

Una vez superada la primera asistencia de urgencia la personas lesionada deberá ser trasladado al Centro Médico Concertado designado por el Asegurador para continuar su tratamiento.

En caso de permanencia injustificada en centro médico NO CONCERTADO, BERKLEY España no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.


 

PRUEBAS DIAGNÓSTICAS, TRATAMIENTOS Y CONSULTAS MÉDICAS:

Será necesario tener la autorización previa del Asegurador para realizar las siguientes pruebas y tratamientos:

  • Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias, etc.)
  • Intervenciones Quirúrgicas
  • Rehabilitación
  • Consultas de Especialistas

Para la petición de pruebas y tratamientos que precisan previa autorización, la persona asegurada-lesionada, el Tomador del seguro o la persona en quien este delegue, el médico o el Centro médico concertado, solicitará a BERKLEY España la autorización de dichas pruebas y/o tratamientos acompañando copia del
informe médico detallado.

Una vez analizada la documentación el Asegurador autorizará o denegará la prueba o tratamiento solicitado.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.

Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a BERKLEY España el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del/de la paciente.



OTROS ASPECTOS:

Los desplazamientos en ambulancia solamente quedan cubiertos por URGENCIA VITAL y LESIONES GRAVES mediante prescripción médica.

El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar


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